JUDICIALES Causa ANDIS: vía libre al peritaje de los audios, pero Spagnuolo apelará el fallo
08/09/2026
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El juez federal Ariel Lijo desestimó el planteo del exfuncionario para detener el análisis de 58 archivos. La defensa había considerado que ese material no formaba parte del expediente, pero el magistrado sostuvo que ya había intervenido en la producción de los estudios y que no existió un cambio sorpresivo.
La justicia federal rechazó el planteo presentado por Diego Spagnuolo, exdirector ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), para impedir que avance la pericia sobre los audios incorporados a la causa que investiga presuntas coimas.
La decisión fue tomada por el juez federal Ariel Lijo, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°11, después de que la defensa del exfuncionario de Javier Milei cuestionara el análisis de 58 archivos que, según su planteo, no estaban incluidos originalmente en el expediente.
Con el rechazo del magistrado, los forenses de la Gendarmería Nacional Argentina deberán continuar con los estudios en los términos en los que habían sido establecidos. Frente a esta resolución, la defensa de Spagnuolo anticipó que apelará el fallo.
En su resolución, Lijo sostuvo que el planteo presentado ahora por los abogados del exfuncionario no representaba una novedad dentro de la investigación ni respondía a un cambio posterior en el objeto de la pericia.
“La cuestión que ahora introduce la defensa no resulta novedosa ni responde a una modificación sobreviniente del objeto de la experticia”, señaló el magistrado, al referirse a los cuestionamientos sobre la validez del material.
El juez también recordó que, cuando se dispuso analizar los audios atribuidos a Spagnuolo para establecer si habían sido editados o adulterados, el material había sido identificado de manera expresa como los archivos “aportados oportunamente a la fiscalía instructora por el periodista Mauro Federico”.
A partir de ese antecedente, Lijo rechazó la idea de que la defensa se haya encontrado con una modificación inesperada dentro del proceso. “No existió, por ende, una modificación posterior de su objeto ni una decisión sorpresiva”, remarcó.
Otro de los puntos señalados por el magistrado fue que los abogados del exdirector de ANDIS no habían cuestionado oportunamente la decisión de realizar los estudios. Por el contrario, según indicó, habían participado de manera activa en la producción de las pericias.
La defensa, de hecho, había reclamado que se llevaran adelante estudios destinados a determinar la autenticidad e integridad de los audios, además de consentir la decisión que individualizó el material que debía ser examinado.
También había designado un perito de parte y presentado puntos específicos para profundizar el análisis de los archivos. Para Lijo, esos antecedentes chocan con el intento actual de detener la pericia por cuestionamientos vinculados con el material sometido a estudio.
“Luego de reclamar la realización de estudios destinados a determinar la autenticidad e integridad de los audios, consentir la decisión que individualizó expresamente el material sometido a examen, designar perito de parte y proponer puntos dirigidos a profundizar su análisis, no resulta compatible con una actuación procesal coherente pretender ahora paralizar la experticia sobre la base de una objeción relativa a su objeto material que pudo —y debió— ser introducida oportunamente”, sostuvo el juez.
De esta manera, Gendarmería continuará con las pericias sobre los archivos cuestionados mientras la defensa de Spagnuolo prepara su apelación contra la resolución de Lijo
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