JUDICIALES La Corte determinó que sigan investigando al exsenador Kueider en San Isidro y en Entre Ríos
26/09/2026
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El exlegislador está detenido en Paraguay desde 2024. En paralelo, avanzan dos causas en Argentina que investigan distintos tipos de delitos y que podrían complicar su situación actual.
La Corte Suprema de Justicia estableció que, por ahora, sigan tramitándose en forma separada las investigaciones abiertas en la justicia federal de San Isidro y en la justicia provincial de Entre Ríos contra el exsenador aliado a La Libertad Avanza Edgardo Kueider, detenido en Paraguay en 2024 junto a su novia y con más de 200 mil dólares sin declarar mientras intentaba cruzar desde Argentina.
Mientras Kueider fue condenado allí por tentativa de contrabando de dinero y se lo investiga por lavado de dinero, en el país existen en su contra dos causas abiertas.
Por un lado, la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado investiga hechos de corrupción, sobornos pagados por la empresa de seguridad privada Securitas a diversos organismos públicos y nacionales —entre ellos ENERSA, donde el exsenador era funcionario— y posibles delitos conexos como cohecho, negociaciones incompatibles, incumplimiento de deberes de funcionario o lavado de dinero.
Al mismo tiempo, el juzgado de Garantías n° 2 de Concordia, provincia de Entre Ríos, tramita un expediente en donde se analiza si Kueider incrementó de manera apreciable y no justificada su patrimonio entre 1999 y 2019, período en el que ejerció la función pública en cargos municipales y provinciales.
La jueza Arroyo Salgado había reclamado que el juzgado provincial se abstuviera de investigar el período comprendido entre 2015 y 2019, argumentando conexidad con una causa federal y riesgo de doble persecución penal. El juzgado provincial se opuso y rechazó el planteo.
Eso generó una contienda de competencia que llegó a la Corte Suprema. La Procuración General de la Nación recomendó rechazar el planteo. “Dado que un incremento patrimonial puede tener las más diversas causas y, en el caso de que sean ilícitas, puede tratarse de conductas realizadas por el funcionario público en cualquier momento, de manera simultánea o sucesiva, y adecuadas a distintas figuras penales —como bien observó la jueza federal— no parece aconsejable, en esta etapa inicial del proceso, cercenar el alcance de la investigación que la justicia provincial está llevando a cabo”, se dictaminó.
“Si bien es comprensible la inquietud de la jueza federal por el riesgo de doble juzgamiento —ya que dentro de su marco teórico el enriquecimiento ilícito es entendido como una figura subsidiaria que quedaría desplazada si se lograra la condena por el delito que habría producido el aumento patrimonial—, considero que no es un planteo prematuro de inhibitoria el remedio adecuado; sin embargo, éste ha cumplido, a su manera, como una fehaciente puesta en conocimiento del órgano local de lo que es materia de juzgamiento en el fuero federal. Ahora incumbe al magistrado provincial, en tanto juez de garantías, evitar, en su caso, la lesión del principio ne bis in idem; es decir, a medida que la averiguación de los hechos arroje mayor claridad y precisión, juzgar si se da la triple identidad de hecho, persona y causa, y ello sin mengua de la facultad que asiste a las partes interesadas de ejercer las vías procesales que estimen pertinentes para hacer valer su derecho”, añadió el procurador interino Eduardo Casal.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti siguieron el criterio del Procurador y rechazaron la inhibitoria solicitada.
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